REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Séptimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz
Puerto Ordaz, dieciocho de enero de dos mil ocho
197º y 148º
ASUNTO PRINCIPAL : FP11-L-2007-001260
ASUNTO : FP11-L-2007-001260
AUTO
Vista la diligencia presentada por los ciudadanos JUAN BAUTISTA RODRIGUEZ, CRUZ DEL VALLE PEREZ y COSME CONTRERAS MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de la cédulas de identidad Nros. 4.890.995, 4.020.073 y 5.860.685, respectivamente, actuando en su caracteres de parte actora en la presente causa, asistidos en este acto por el ciudadano LUIS ANAYA, abogado en ejercicio, de este domicilio, inscrito en el IPSA bajo el Nro. 124.842, en fecha 15/01/2008, mediante la cual desisten del procedimiento y de la acción que intentaron por ante este Juzgado y que cursa en el expediente signado con el numero FP11-2007-001260, en lo que respecta a la sociedad mercantil ICA CONSTRUCCION CIVIL DE VENEZUELA S.A. Verificado como ha sido por este Tribunal las formalidades de Ley, es por lo cual procede a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO presentado y dar por terminado el proceso, en lo que respecta a la empresa M ICA CONSTRUCCION CIVIL DE VENEZUELA S.A. . Se ordena el archivo de Ley de las presentes actuaciones originales, a los fines de su seguridad y resguardo. Cúmplase. Es todo.-
EL JUEZ
ABG. JOSE MIGUEL RIVERO ARMAS
LA SECRETARIA DE SALA
ABG. CARMEN GARCIA
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