REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Tribunal Quinto (5°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución
Puerto Ordaz, 16 de Enero de 2008
195º y 147º
ACTA DE PROLONGACION DE AUDIENCIA PRELIMINAR

N° DE EXPEDIENTE: FP11-L-2007-000863
PARTE ACTORA: Maggio Desire D´arpino Ramírez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 16.675.263.-
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Germán Rafael Quijada Marcano, quien es abogado en ejercicio, de este domicilio e inscrito en el I.P.S.A. bajo el N° 80.949.-
PARTE DEMANDADA: Compañía Operadora de Alimentos Cor C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Fabiola Margarita González Valladares y Andrea Vásquez Meneses, quienes son abogadas en ejercicio, de este domicilio e inscritas en el I.P.S.A. bajo los N°s 107.020 y 107.019 respectivamente
MOTIVO: Cobro de Obligaciones Laborales

Hoy, 16 de Enero de 2008, siendo las 11:00 a.m. día fijado para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar y anunciada a viva voz a las puertas del tribunal por parte del personal de alguacilazgo, se deja expresa constancia que a la misma comparecieron el ciudadano la Dra. Germexis del Carmen Luna Salinas, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 113.738, quien actúa en nombre y representación de la ciudadana Maggio Desire D´arpino Ramírez, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la Cédula de Identidad N° 16.675.263, por una parte y por la otra la Dr. Andrea Vásquez Meneses, quien es abogada en ejercicio, de este domicilio e inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 107.019, actuando en su carácter de apoderada judicial de la demandada Compañía Operadora de Alimentos Cor C.A., a las cuales luego de serle verificada la cualidad con la cual concurren, se procede a dar inicio a la misma y esgrimiendo situaciones de índole legal y jurisprudencial y en virtud que tanto las partes como el Juez consideran necesaria la prolongación de la presente audiencia, para el día Viernes 25 de Enero de 2.008 a las 09:00 a.m.., de conformidad con lo previsto en el artículo 132 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, asumiendo cada parte la obligación de comparecer en la oportunidad indicada, ya que la inasistencia de alguno de ellos o de todos, acarrearía las consecuencias jurídicas previstas en la Ley.

El Juez
El Secretario
Dr. RICARDO COA MARTINEZ


Los presentes