REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO. EXTENSIÓN CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO, DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR. SEDE CIUDAD BOLÍVAR.
197º y 148 º
Veintiuno (21) de Enero del Dos Mil Ocho
ASUNTO: FP02 -L- 2007- 000146
En el día de hoy, Veintiuno (21) de Enero del Dos Mil Ocho, siendo las Nueve y Treinta minuto de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar la audiencia preliminar fijada en la presente causa, comparecen por ante este TRIBUNAL PRIMERO 1° DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR, SEDE CIUDAD BOLIVAR, la ciudadana HEIDI MARILU GARCIA, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el numero: 67.247, según conta en poder en copia que se consigna para que sea certificada por secretaria una vez visto el original, parte demandada en la presente causa. Se deja expresa constancia que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por intermedio de apoderado judicial alguno, razón por la cual y con fundamento en lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero (1°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Sede Ciudad Bolívar, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PRESENTE PROCESO. ASI SE DECIDE. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Es todo, terminó, se leyó y conformes firman, siendo las Diez de la mañana (10:00 am.).-
EL JUEZ,
ABG. YVAN ALFREDO GARCIA LOZADA
LA SECRETARIA
ABG. MARIA VIRGINIA SIFONTES
La parte demandada.-