REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal Primero de Ejecución de Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, 8 de Enero de 2008
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : FP01-P-2006-006688
ASUNTO : FP01-P-2006-006688


AUTO DE ARCHIVO DEFINITIVO

(Sentencia Nº 132 de fecha 20-03-2002, de la Sala de Casación Penal del Tribunal Supremo de Justicia)
(Resoluciones que dictan los Jueces de Ejecución en relación con la materia de su competencia)

Revisada la presente causa, se observa de la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, en fecha: 04/12/2007, mediante la cual se declara EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, de Conformidad en el ordinal 3° del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 330 ordinal 3° ejusdem, por haberse extinguido la acción penal. En consecuencia, este Tribunal Primero de Ejecución de Sentencia del Circuito Judicial Penal del Estado Bolívar, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ORDENA EL ARCHIVO DE LAS ACTUACIONES, por cuanto se decreto Sentencia Absolutoria de conformidad con los Artículos 365 y 366 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y en su oportunidad legal remítase la presente causa al Archivo Judicial. Cúmplase.

MARCOS HILARIO GUEVARA
ABOGADO
JUEZ PRIMERO DE EJECUCION
LA SECRETARIA DE SALA,

ABOG. ELÍSTHER GONZÁLEZ

MHG/eg.