REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 17/12/2008, se trasladó el Tribunal a fin de cumplir la Comisión en la siguiente dirección: Avda Los Horcones entre Calles 17 y 18 N° 17A-20 de Pueblo Nuevo Barquisimeto. El Tribunal notificó a la demandada María Rodríguez, quien pide al Juez le conceda 3 días, por tener un niño con problemas especiales, recién operado, anoche tubo fiebre, necesita mucha tranquilidad, no tiene para donde llevarlo. El Tribunal verifica los dichos, son ciertos, acuerda detener la medida hasta tanto se presente un representante del Consejo de Protección del Niño y Adolescente del Municipio Iribarren. La parte actora expone que fue en su busca quien manifestó estar de guardia, que el Juez trasladara al menor hasta la sede ese Consejo de Protección. El Tribunal suspende la práctica de la medida por no contar con la presencia de un representante del Consejo de Protección, conforme al Artículo 8 de la L.O.P.N.A., que trata del interés superior del niño. Se regresó a la sede siendo las 11:00 am.