REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-M-2007-000530

Visto el CONVENIMIENTO, suscrito en el Acta de Embargo practicada por el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Iribarren, Crespo y Urdaneta del Estado Lara, en fecha 06 de Agosto de 2008, por los ciudadanos DALIA ROSA REYES SANCHEZ, ANTONIO DE JESUS SCORCHEZ CASTELLANOS, JAHAN MANUEL CAMPO CAMACARO, SENOVIA PASTORA PASTRAN LEAL, asistidos por la Abogado en ejercicio MARINA RODRIGUEZ MORAN, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 131.341, parte demandada y por la parte demandante el Abg. REINAL PEREZ VILORIA, en su carácter de Endosatario en Procuración de CUENTA CONMIGO A.C. Asociación Civil, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (INTIMATORIO), este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el mismo dándole carácter de cosa juzgada. Expídanse copias certificadas de la presente homologación y consígnese en el cuaderno separado de medidas signado bajo el Nº KH01-X-2007-000187.-

El Juez, La Secretaria,


Abg. Harold R. Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.



HRPB/LAAE/ij.