REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, ocho de diciembre de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-V-2008-001814

Vista la presente demanda de ACCION MERO DECLARATIVA, presentada por la ciudadana MARIANELLA MARTINEZ AGUERO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-9.541.710, este Tribunal niega su admisión por cuanto la solicitante no cumplió con los requisitos exigidos en el auto dictado por este tribunal en fecha 13 de Octubre de 2008. En consecuencia este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Estado Lara, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de ACCION MERO DECLARATIVA.
El Juez., La Secretaria.,

Abg. Harold Rafael Paredes Bracamonte Abg. Luisa A. Aguero E.

HRPB/LAAE/ij.