REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, cinco de agosto de dos mil ocho
198º y 149º
ASUNTO : KP02-S-2008-001656
LA SUSCRITA JUEZ TEMPORAL, KEYDIS YARAIMA PEREZ OJEDA, se avoca al conocimiento de la presente causa. Vista la solicitud presentada por los ciudadanos DARWIN QUERALES y NAYROBIS DE QUERALES, Venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nº 14.094.805 Y 15.352.390, asistidos de abogado, donde manifiestan se les conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que fomentaron a expensas propias con dinero de su propio peculio, ubicadas en la Avenida 2 entre calles 10 y 11, s/n de la urbanización La Mata, Parroquia Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, sobre un lote de terreno Ejido, sin data de Posesión, que mide seis metros con sesenta centímetros de frente por Ciento treinta metros con cincuenta centímetros de fondo (6.60 mts x 30,50 mts.); alinderadas de la siguiente manera NORTE: En línea de 24,85 metros con Coromoto; SUR: En línea de 30,50 metros con Alonzo Querales; ESTE: En línea de 7,00 metros con la escuela Héctor Rojas Meza, y OESTE: En línea de 6,60 metros con la Avenida 2 de la Mata, que es su frente. Dichas bienhechurías consiste en una casa edificada con bases y vigas de concreto, paredes de bloques, platabanda, piso de cerámica y granito, acabado de primera techo de platabanda, distribuida de la siguiente manera: PLANTA ALTA: Cuatro cuartos con paredes de bloques, frisada, con ventanas y protectores de hierro, con sus puertas de madera entamborada, pisos de cerámica, de primera calidad, cada cuarto con sus closet con puertas, tres baños, con sus accesorios, puerta de madera entamborada, techo de platabanda y sala y estar con piso de cerámica, la entrada a la alta con su puerta de madera y protector de hierro. Su escalera acceso de cemento y recubierta con cerámica. PLANTA BAJA: Todo el piso de la planta baja es de cerámica de primera calidad, sala-comedor, una habitación auxiliar, un baño con todos sus accesorios y servicios, área de servicio (lavadero), patio, dos puesto para estacionamiento, de vehículos, cerca perimetral de hierro y bloque, un tanque de agua, un local comercial para la distribución de partes automotriz. Entre las generalidades mas resaltantes de la casa tenemos: Descripción: Construcción para uso unifamiliar que consta de dos niveles, tal como fuera descrita anteriormente en sus diferentes plantas. Objeto del proyecto: El proyecto se refiere al diseño de los sistemas de aguas blancas, aguas negras o servidas y aguas de lluvia. Normas utilizadas: Normas sanitarias para proyecto, construcción, reparación, reforma y mantenimiento de edificación. El valor invertido es la cantidad SESENTA MILLONES DE BOLIVARES (60.000.000) equivalente a SESENTA MIL BOLIVARES FUERTES [Bs. F. 60.000,00], y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos YOBAN TORRES Y HENRRY QUINTERO, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN DOMINIO a favor de los ciudadanos, DARWIN QUERALES y NAYROBIS DE QUERALES ya identificados en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
LA JUEZ
KEYDIS YARAIMA PEREZ OJEDA
LA SECRETARIA
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/dmg
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