REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS CON COMPETENCIA DE DELITOS DE VIOLENCIA CONTRA LA MUJER

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Violencia contra la Mujer en Funciones de Control, Audiencia y Medidas
Barquisimeto, 29 de Agosto de 2008
198º y 149º

ASUNTO PRINCIPAL : KP01-S-2008-000211

AUTO:

Corresponde a este Juzgado de Primera Instancia en Funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, PRONUNCIARSE vista la actuación de la Fiscala Cuarta del Ministerio Público el día de hoy 29 de agosto de 2008, donde solicita se decrete arresto transitorio por el lapso de cuarenta y ocho horas, de conformidad con el artículo 92 del la Ley Orgánica sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en contra del ciudadano: MIGUEL ANGEL JIMENEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.956.707, por la presunta comisión del DELITO DE VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.

Ahora bien, el Ministerio Público en su solicitud argumenta que la ciudadana fue brutalmente agredida por su vecino y la misma solicita con desesperación la ayuda de los órganos receptores de denuncia. Por lo que anexa para la consideración y convicción de este Tribunal Informe Médico, donde se deja constancia del carácter grave de las lesiones e igualmente anexa fotografías a modo de ilustración.

Al respecto, en fecha 26 de agosto de 2008, la ciudadana REINA FRANCISCA AGÜERO, titular de la cédula de identidad Nro. V-5.437.154, interpuso denuncia por ante el Ministerio Público en contra de su VECINO ciudadano: MIGUEL ANGEL JIMENEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.956.707, quien presuntamente la agredió físicamente. Hechos que se evidencian en las actuaciones que rielan desde folio 3 al folio 14 de la presente causa.

Este Tribunal atendiendo a lo dispuesto en el artículo 90 y 92 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, que contempla:
Artículo 90: El órgano receptor en caso de necesidad y urgencia podrá solicitar directamente ante el Tribunal de Violencia contra la mujer en funciones de control, Audiencias y Medidas la orden de arresto…

Artículo 92: El Ministerio Público podrá solicitar al Tribunal de Violencia contra la Mujer en funciones de Control, Audiencias y Medidas o en funciones de juicio si fuere el caso, las siguientes medidas cautelares
1.-Arresto Transitorio del agresor hasta por cuarenta y ocho horas, que se cumplirán en el establecimiento que el Tribunal acuerde.

Al revisar las actuaciones considera que existe suficientes elementos de convicción para determinar la existencia de un delito de acción pública previsto y sancionado en la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia, como lo es el de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el artículo 42, y las sospechas de quien es el presunto agresor y así se deducen de las actuaciones que rielan al folio 5, 6, 7, 8, 9 y 10 de la presente causa.

Es por ello, que en consideración:
1. Que la violencia contra la mujer constituye una violación de los derechos humanos y las libertades fundamentales que impiden a la mujer gozar de dichos derechos;
2. Que la violencia contra la mujer es inaceptable, ya sea cometida por los Estados y sus Agentes, por parientes o por extraños, tanto público como privado
3. Que el Estado es garante de esos derechos humanos y promueve un Estado Democrático y Social de Derecho y de Justicia.
4. Que por mandato constitucional La Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a Una Vida Libre de Violencia garantiza el goce y el ejercicio irrenunciable e interdependiente de los derechos humanos de la mujer.
5. Que el Estado está obligado a brindar protección frente a situaciones que constituyan amenazas, vulnerabilidad o riesgo para la mujer, sus propiedades y para el disfrute de sus derechos y el cumplimiento de sus deberes

A los fines de asegurar la tutela del objeto jurídico protegido; esto es, la integridad física de la mujer victima, así como la responsabilidad que tiene este Tribunal de lograr el fin constitucional (la protección de las mujeres victimas de la violencia de género) y el cual sólo puede ser logrado en forma efectiva, en los inmediato, mediante las medidas cautelares consagradas en la Ley, considera quien aquí decide procedente decretar el Arresto Transitorio por el lapso de cuarenta y ocho horas en contra del ciudadano MIGUEL ANGEL JIMENEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.956.707, debiendo cumplirlo en la Comandancia General de Policía del Estado Lara. Así se decide.

DISPOSITIVA
En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Primero en funciones de Control, Audiencias y Medidas Nro. 01 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decreta PRIMERO: Orden de Arresto Transitorio por el lapso de cuarenta y ocho horas, en contra del ciudadano: MIGUEL ANGEL JIMENEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.956.707, de conformidad con lo establecido en el artículo 92 ordinal 1 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de la Mujer a una Vida Libre de Violencia. SEGUNDO: Que el ciudadano MIGUEL ANGEL JIMENEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.956.707, deberá cumplir el arresto en la Comandancia General de la Policía del Estado Lara, debiendo ese órgano trasladarlo a la sede de este Tribunal una vez cumplida la medida cautelar impuesta. TERCERO: Ofíciese a la Comandancia General del Estado Lara a los fines de dar cumplimiento con la orden de arresto transitoria decretada. CUARTO: Notifíquese a la Fiscalía Tercera y a la victima de la presente decisión. QUINTO: Ofíciese a la Defensa Pública Penal a los fines de que le sea designado un defensor al presunto agresor ciudadano MIGUEL ANGEL JIMENEZ ORTIZ, titular de la cédula de identidad Nº 16.956.707. Así se decide. Publíquese y Regístrese. Cúmplase.


LA JUEZA DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL, AUDIENCIAS Y MEDIDAS NRO.1

ABG. NATALY GONZÁLEZ PÁEZ



LA SECRETARIA,


ABG. MARIA CAROLINA D QUARO