REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS IRIBARREN, CRESPO Y URDANETA

En fecha 17/04/2008, se cumplió la Comisión en la siguiente dirección: Urb. El Pedregal Av. Río Turbio Conjunto Residencial Guarda Tinaja, Barquisimeto. El Tribunal da los toques de ley, nadie responde, se juramenta Cerrajero a Omar Rodríguez. Dentro de inmueble el Tribunal observa su estado de abandono, no había a quien notificar, se ven varios sacos de cemento, se juramenta al delegado de la Depositaria Yacambú, Gilberto Gómez. Se hace inventario. Libre como está el inmueble de personas y cosas, se hace entrega, real y efectiva a la actora, queda en posesión de éste. La Parte Actora pide se deje constancia de particulares del 1 al 5. El Tribunal deja constancia de ellos. Siendo las 10:05 am., se presenta el Dr. Jesús E. Mendoza apoderado de la demandada según poder notariado que exhibe, dice que la demandada está de viaje, pide deje constancia que la casa no esta abandonada. El Tribunal recibe del Dr. Mendoza tres (3) llaves del inmueble. Se regresó a la sede siendo las 10:15 am.