REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º
ASUNTO: KP02-V-2007-004408
Visto el Desistimiento de la Acción, de fecha 04/04/2.008, suscrito por el abogado JESÚS HUMBERTO MOLINARES HERRERA, Inpreabogado N° 64.440, en el presente juicio de RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA CON RESERVA DE DOMINIO, intentada por C.A. CENTRAL, BANCO UNIVERSAL, Sociedad Mercantil, domiciliada en esta ciudad, inscrita ante el registro Mercantil Primero del estado Lara, en fecha 29 de Octubre del 2001, bajo el N° 1, Tomo 46-A, a través de sus Apoderados Judiciales, abogados JESÚS HUMBERTO MOLINARES HERRERA, JESÚS JIMÉNEZ PERAZA y LIGIA GARAVITO DE ÁLVAREZ, inscritos en el I.P.S.A bajo el N° 64.440, 6.356 y 80.533, contra el ciudadano ARMANDO DAVID GUEDEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 10.870.059, de este domicilio; este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, LE IMPARTE LA CORRESPONDIENTE HOMOLOGACIÓN, y así se establece. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Se acuerda la devolución de los documentos originales solicitados, dejándose en lugar copia certificada de los mismos.
Déjese copia de la presente decisión.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Barquisimeto, a los siete (07) días del mes de Abril del año dos mil ocho (2.008). Años 197° y 149°.
La Juez
MARILUZ JOSEFINA PEREZ
La Secretaria Acc.
ELIANA HERNANDEZ SILVA
MJP/Mónica
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