REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veinticuatro de abril de dos mil ocho
198º y 149º

ASUNTO : KP02-V-2008-001094

Habida consideración que de la revisión exhaustiva realizada a la presente demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por la Empresa Mercantil GESTIONES INMOBILIARIAS LA PRIMERA, S.A., inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 10-11-1995, bajo el Nro. J-30304194-9, representada por la ciudadana IMPERIO CECILIA SALDAÑA, de este domicilio, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. 4.736.310, actuando en su condición de Factor Mercantil según documento presentado por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Iribarren del Estado Lara, en fecha 27-02-1996, bajo el Nro. 32, folios 1 al 1 vto., Protocolo Tercero, asistida por el Abogado Pastor Ignacio Flores Morillo, de este domicilio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 27.842 contra la ciudadana ROSA MARCANO DE DI CESARE, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nro. 3.606.622, se evidencia que el monto de la demanda es la cantidad de DOS MILLONES CUATROCIENTOS DIEZ MIL BOLIVARES (Bs.2.410,000,oo ) (Bs.F.2.410,oo) y siendo que el fuero competente en razón de la cuantía la determina el monto demandado, este Tribunal de conformidad con lo previsto en el 1er aparte del artículo 60 del Código de Procedimiento Civil, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se DECLARA INCOMPETENTE para conocer de la presente causa, y en consecuencia, DECLINA al Juez Distribuidor del Municipio Iribarren del Estado Lara. De conformidad con lo establecido en el artículo 69 ejusdem, una vez quede firme la presente decisión, remítase el expediente al Juzgado Distribuidor con oficio. Déjese la copia de ley.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, a los veinticuatro días del mes de Abril de dos mil ocho. Años 197° y 149°.
La Juez

Abg. MARILUZ JOSEFINA PEREZ

La Secretaria Accidental

Eliana Hernández Silva



En la misma fecha se publicó y se dejó copia
La Sec.




MJP/merysa