REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, quince de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO: KP02-F-2004-000358



De conformidad con lo establecido en el artículo 189 del Código Civil, el día 28/04/2.004, solicitaron la SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES por mutuo consentimiento, los ciudadanos MAYRA JOSEFINA TORNAY ARTETA y LUIS RICARDO LOPEZ MONTESINOS, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.741.623 y 7.423.413, respectivamente, de este domicilio, asistidos por la abogada Eyirama Sánchez, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 40.585. En dicha unión no procrearon hijos. En fecha 04/05/2.004, fue declarada la Separación de Cuerpos y bienes entre los solicitantes (f. 11). Se libró boleta de notificación a la Fiscal del Ministerio Público en Materia de Familia, en la misma fecha en que fue declarada la Separación de Cuerpos, según consta al folio trece (13) del expediente. En fecha 01/10/2.007, compareció por ante este Tribunal el ciudadano LUIS RICARDO LOPEZ MONTESINOS, debidamente asistido por la abogada Eyirama Sánchez, Inpreabogado N° 40.585 y solicitó la conversión en divorcio de la presente separación de cuerpos y bienes y pidió notificar a su cónyuge, a los fines que exponga lo que considere conveniente (f. 14). En fecha 14/10/2.007, se dictó auto acordando notificar a la ciudadana MAYRA JOSEFINA TORNAY ARTETA, a los fines que exponga lo que considere conveniente en relación a la solicitud hecha por su cónyuge (f. 15). En fecha 14/12/2.007, compareció el ciudadano LUIS RICARDO LOPEZ MONTESINOS, debidamente asistido por la abogada Eyirama Sánchez, Inpreabogado N° 40.585 y presentó Poder Apud Acta, al mismo abogado (f. 16). En fecha 18/01/2.008, compareció el alguacil de este Tribunal y consignó sin firmar boleta de notificación de la ciudadana MAYRA JOSEFINA TORNAY ARTETA (f. 17). En fecha 21/01/2.008, compareció por ante este Tribunal la abogada Eyirama Sánchez, Inpreabogado N° 40.585, en su carácter de Apoderada del ciudadano LUIS RICARDO LOPEZ MONTESINOS y solicitó la citación por carteles de la ciudadana MAYRA JOSEFINA TORNAY ARTETA (f. 20). En fecha 25/01/2.008, se dictó auto acordando la citación por carteles de conformidad con el articulo 233 del Código de Procedimiento Civil, de la ciudadana MAYRA JOSEFINA TORNAY ARTETA (f. 21). En fecha 24/03/2.008, compareció por ante este Tribunal la abogada Eyirama Sánchez, ya identificada y consignó cartel de citación publicado en el diario El Impulso (f. 23).
Llegada la oportunidad para decidir, este Tribunal observa:---------------
ÚNICO: En vista de que ha transcurrido más de un año de la separación de cuerpos relacionada con el presente juicio y no consta en autos ningún hecho del cual pueda inferirse la reconciliación de los cónyuges, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por el aparte único del artículo 185 del Código Civil, DECLARA CON LUGAR la conversión de esta separación en DIVORCIO y en consecuencia DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos MAYRA JOSEFINA TORNAY ARTETA y LUIS RICARDO LOPEZ MONTESINOS, por ante la Prefectura de la Parroquia Cabudare, Municipio Palavecino del Estado Lara, anotado bajo el N° 173, folio 172 fte al vto, de fecha veintiuno (21) de Diciembre de 2.001, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevado por ese Despacho. Liquídese la comunidad de gananciales. Ofíciese a los organismos competentes, remitiendo copia certificada de la presente decisión, a los fines legales consiguientes. Expídanse las copias certificadas que soliciten los interesados.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE. Queda firme en esta misma fecha.-
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara. En Barquisimeto a los quince (15) días del mes de Abril de dos mil ocho (2.008). AÑOS: 197° y 149°.

La Juez

MARILUZ JOSEFINA PÉREZ
La Secretaria Acc.

ELIANA HERNÁNDEZ SILVA
Seguidamente se publicó y se dejó copia.
La Sec. Acc.

MJP/Mónica