REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, nueve de abril de dos mil ocho
197º y 149º

ASUNTO : KP02-S-2008-003732
Vista la solicitud que antecede suscrita por el ciudadano (a) HENRY ANTONIO RODRIGUEZ CHIRINOS, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 12.703.300, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de SEIS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs.F 6.000,00), cuya ubicación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un titulo que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en autos, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos de la solicitante y procediendo de conformidad con el Artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor del ciudadano (a) HENRY ANTONIO RODRIGUEZ CHIRINOS, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: CHIRGUA SECTOR IV, PARCELAMIENTO RICARDO JIMENEZ, CALLE 23 DE ENERO, PARROQUIA SANTA ROSA, MUNICIPIO IRIBARREN, ESTADO LARA, y alinderada así: NORTE: Con mejoras ocupadas por Mario Oviedo; SUR: Que es su frente parte con callejón de entrada con la calle 23 de enero y mejoras ocupadas por Lorenzo Prieto y Juan Olavarrieta; ESTE: Mejoras ocupadas por Hugo Antonio Pineda y OESTE: Con Ruben Dario Mendoza. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
EL JUEZ LA SECRETARIA,

ABG. HAROLD RAFAEL PAREDES B. ABG. LUISA A. AGÜERO E.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.
HRPB/LAAE/Isa.