REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, siete de abril de dos mil ocho
197º y 149º


ASUNTO KP02-S-2007-005169
Vista la solicitud que procede suscrita por la ciudadana: MARIA GISELA VEGA PEREZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 7.324.794, de este domicilio, conforme a lo cual manifiesta haber construido unas mejoras y bienhechurías que tiene un valor aproximado de DOZ MILLONES DE BOLIVARES (BS. 2.000.000,OO) lo cual equivale a DOS MIL BOLIVARES FUERTES (Bs. F. 2.000,OO), cuya situación y linderos constan en dicha solicitud y careciendo de un título que le acredite el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías; solicita que se le declare bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión sobre las mejoras o bienhechurías antes dichas. Este Tribunal considera que de la justificación aludida conforme a las testimoniales rendidas por los testigos suficientemente identificados en auto, se evidencia claramente las pretensiones y fundamentos del solicitante y procediendo de conformidad con el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara bastante y suficiente la justificación evacuada para asegurar el derecho de propiedad y posesión a favor de las ciudadana: MARIA GISELA VEGA PEREZ,, sobre unas mejoras o bienhechurías ubicadas en: EL CASERIO EL CERRITO DE SANARE, JURISDICCION DE LA PARROQUIA PIO TAMAYO, MUNICIPIO ANDRES ELOY BLANCO DEL ESTADO LARA, y alinderadas en: NORTE: En línea de 9,15 metros, en línea de 18,12 metros y colindante con terrenos ocupados por la ciudadana María Sacramento Pérez, SUR: En línea de 7,13 metros, y colindante con terrenos ocupados por sucesores Lucas Vegas, y el cual es su frente, ESTE: En línea de 44,24 metros, colindante con terrenos ocupados por Crispin Pérez, y OESTE: En línea de 7,45 metros, en línea de 9,70 metros, en línea de 9,90 metros, en línea de 23,17 metros, colindante con terrenos ocupados por Amado Antonio Vegas. Dejando a salvo los derechos de terceras personas.
El Juez
La Secretaria

Abg. Harold Rafael Paredes B. Abg. Luisa A. Agüero E.
HRPB/LAAE/rccg
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado en el auto anterior y se devuelve original. Conste.
La Suscrita Secretaria del JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DEL ESTADO LARA, CERTIFICA, la exactitud de la copia que antecede la cual es el traslado fiel y exacto de su original. Fecha UT- SUPRA.

LA SECRETARIA

ABG. LUISA A. AGÜERO E.