REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

TRIBUNAL DE PROTECCION DEL NIÑO Y ADOLESCENTE DE LA
CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO LARA.

ASUNTO: KP02-S-2005-0010227

SOLICITANTES: LISBETH COROMOTO CATARI Y ULISES ANTONIO GIL PIÑERO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nº 10.002.243 y Nº 13.785.189

BENEFICIARIOS: (se omite su identidad de conformidad con el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente).

MOTIVO: Homologación de Obligación de Manutención.

Visto lo expresado por la ciudadana LISBETH COROMOTO CATARI, plenamente identificado en autos, en fecha 14 de Abril de 2008, mediante la cual manifiesta: “… desisto de la presente demanda por cuanto el padre mis hijos se los va a llevar a vivir con él para que estudien en Caracas”. Seguidamente el ciudadano ULISES ANTONIO GIL PIÑERO, expresa: “quedo en cuenta del desistimiento formulado por la ciudadana LISBETH COROMOTO CATARI, y me adhiero al mismo”. Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOHA EL DESISTIMIENTO formulado por la parte demandante, y en consecuencia dispone desincorporarlo del Archivo Ordinario, tómese nota y désele salida en los libros respectivos de este Despacho, se ordena la devolución de los originales consignados dejando en su defecto copias certificadas de los mismos, remítase al Archivo Judicial de esta Circunscripción Judicial, para su conservación y archivo definitivo, dése por terminado en el sistema Juris. Cúmplase.
Regístrese y Publíquese.
Dada, Firmada y sellada en la Sala de Juicio Nº 2 de este Tribunal, en Barquisimeto a los veinticuatro (24) días del mes de abril de Dos Mil Ocho. Años: 198° y 149°.
La Juez de Sala de Juicio Nro 2,


Abg. Lisbeth Leal Agûero
La Secretaria.


Abg. Isabel Barrera
Seguidamente se publicó en esta misma fecha siendo las 03:30 p.m.
La Secretaria.


Abg. Isabel Barrera
LLA/IB/ms.-