REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A. EXTENSIÓN BARQUISIMETO.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución Sección Adolescentes de Barquisimeto
Barquisimeto, 25 de Abril de 2008
198º y 149º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-D-2006-000103
SUSPENSION DE LA EJECUCION DE LAS MEDIDAS DE IMPOSICION DE REGLAS DE CONDUCTA Y SEMILIBERTAD
Corresponde a este Tribunal de Ejecución de conformidad con lo establecido en el artículo 622 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente fundamentar la decisión de fecha 22-04-2008 en la cual se acordó la suspensión de la ejecución de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Semilibertad acordada por la cuales se sancionó al joven JORGE JESUS POLANCO PINEDA y en efecto se observa lo siguiente
En fecha 20 de Diciembre de 2007, el Tribunal de Control No 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, Sección Adolescentes sancionó al joven JORGE JESUS POLANCO PINEDA, venezolano, cédula de identidad No 21 143.615 de 19 años de edad nacido el 29-04- 1989, hijo de Eddy Coromoto Pineda Arriechi , residenciado en callejón 38 entre carreras 32 y 33, casa No 32-126, Barquisimeto, Estado Lara, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional en grado de Complicidad Lesiones Personales Graves y Leves y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos en los artículos 405 en concordancia con el 84 numeral 1, 415, 416 y 277 del Código Penal hecho ocurrido en fecha 18-02-2006 sancionado con las medidas de Imposición de Reglas de Conducta, por el lapso de un (1) año y Semilibertad, por el lapso de un (1) año ambas para ser cumplidas simultáneamente.
Verificada la presencia de las partes en la Audiencia de fecha 22-04-08, para llevar a cabo Imposición las medidas y la representación fiscal argumenta de que en virtud de que el joven se encuentra privado de libertad a la orden del Tribunal de Juicio de Adultos en el asunto KPO1-P-2007-1756, lo cual imposibilita cumplir las sanciones impuestas solicita la suspensión de la imposición de las medidas, por su parte la Defensora Pública de Adolescentes se adhiere a lo solicitado por el Ministerio Público, se le concedió la palabra al joven sancionado a quien se le impuso de sus derechos y garantías constitucionales y del precepto constitucional previsto en el artículo 49 numeral 5 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y expuso: ¨ No puedo cumplir la sanción porque estoy privado de libertad y tengo juicio el 07 de Mayo…¨
Ahora bien, habiéndose verificado por el Sistema Iuris que contra el joven sancionado recae otro asunto en fase de Juicio en el Sistema Penal de Adultos específicamente en el asunto KPO1-P-2007-1756, con medida de coerción de privación de Libertad lo cual imposibilita que cumpla las medidas a las cuales fue sancionado cuando era adolescente, debe suspenderse la imposición de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Semilibertad y así se declara
DECISION
Por todo lo expuesto este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley de conformidad con el artículo 622 Parágrafo Primero de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente Suspende la Imposición de las medidas de Imposición de Reglas de Conducta y Semilibertad impuesta al joven JORGE JESUS POLANCO PINEDA, por la comisión de los delitos de Homicidio Intencional en grado de Complicidad Lesiones Personales Graves y Leves y Porte Ilícito de Arma de Fuego, previstos en los artículos 405 en concordancia con el 84 numeral 1, 415, 416 y 277 del Código Penal Comuníquese de lo decidido al Juez de Juicio No1 de Adultos del Circuito Judicial Penal del Estado Lara
El Juez de Ejecución