REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, 27 de Abril de 2007.
196º y 148º
PARTE ACTORA: DANIEL A. VILLEGAS CASTILLO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. V- 13.726.428.

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: PERLA T. SAVIÑON PIRELA, abogado en ejercicio, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 33.496.

PARTE DEMANDADA: INVERSIONES CENCARACAS, C. A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 28 de Diciembre de 1998, bajo el Nº 39, Tomo 274- A- Qto.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: JOSÉ ÁNGEL SISO y CARMEN HERNANDEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 59.517 y 92.900, respectivamente.

MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 01 de Diciembre de 2005, por la abogado CARMEN HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 17 de Noviembre de 2005 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, oída en ambos efectos el 02 de Diciembre de 2005.

Por auto de fecha 17 de Octubre de 2006, este Juzgado dio por recibido el expediente y dejó expresa constancia de que al quinto (5º) día hábil siguiente se procedería a fijar la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y publica en el presente juicio.

En fecha 13 de Diciembre de 2006 el Tribunal dictó auto ordenando la notificación de las partes a los fines de que una vez que constara en autos la última de las notificaciones que de las partes se hiciese, se procedería a fijar la audiencia oral y pública en el presente juicio, en virtud de que por error material e involuntario se omitió fijar la audiencia en la oportunidad legal.

En fechas 08 y 14 de Febrero de 2007 la secretaria dejó constancia de las notificaciones realizadas a las partes.

Por auto de fecha 23 de Febrero de 2007, se fijó la audiencia oral para el jueves 26 de Abril de 2007 a las 11:00 a.m.

Celebrada como ha sido la audiencia oral, este Tribunal Superior pasa a publicar la sentencia en los siguientes términos:


CAPITULO I

En el acta levantada en fecha 26 de Abril de 2007, oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio se dejó constancia de la presencia de la parte actora no apelante representada por su apoderada judicial abogado PERLA TERESA SAVIÑON PIRELA y de la incomparecencia de la parte demandada apelante por si o por medio de apoderado judicial alguno, a pesar de haberse notificado a las partes.

En tal sentido el artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”

Con vista de que la parte demandada apelante no compareció, por si o por medio de apoderado judicial alguno, en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.


CAPITULO II
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 1 de Diciembre de 2005, por la abogado CARMEN HERNANDEZ, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia de fecha 17 de Noviembre de 2005 dictada por el Juzgado Noveno de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en el juicio seguido por el ciudadano DANIEL ANTONIO VILLEGAS contra la empresa INVERSIONES CENCARACAS, C. A., ambas partes identificadas en el cuerpo de la sentencia SEGUNDO: Se condena en costas a la parte demandada conforme al artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.


PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintisiete (27) días del mes de Abril de 2007. AÑOS: 196º y 148º. –

JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ


JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA

NOTA: En el día de hoy, 27 de Abril de 2007, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-
JOHANA PEREZ MORALES
SECRETARIA


Asunto: AC22-R-2005-000824
Asunto Antiguo: N°2005- 3026-T
JCCA/JPM/mg.