REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Ejecución de Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, 26 de Abril de 2007
197º y 148º

ASUNTO PRINCIPAL : FP01-S-2004-003532
ASUNTO : FP01-P-2004-000339
AUTO PRACTICANDO EL CÓMPUTO DE LA PENA

Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por el Tribunal Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal de Estado Bolivar, en Fecha 13-04-2007, mediante la cual CONDENA a LUIS HONORIO MARTINEZ GARCIA, venezolano, titular de la cedula de identidad N° 10.042.944, domiciliado en Virgen del Valle, calle Hernandez Acosta, casa N° 33 de esta ciudad, Estado Bolivar. A cumplir la Pena de DIEZ (10) AÑOS DE PRESIDIO, más las accesorias legales correspondientes por la comision de delito de: VIOLACION, previsto y sancionado en el articulo 375 del Código Penal vigente para el momento de ocurrir los hechos.
Realícese el computo que prevé el articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal. Pasa ahora el Tribunal a realizar el computo correspondiente: Consta de autos que al penado: LUIS HONORIO MARTINEZ GARCIA, fue detenido en fecha 03-11-2004 de lo que se deduce que ha cumplido hasta la presente fecha: DOS (02) años, CINCO (05) MESES Y VEINTE Y DOS (02) DIAS.
CUMPLIENDO:
1/4 parte de la pena: Dos Años y Seis Meses, que vence: 03-05-2007 (DESTACAMENTO DE TRABAJO)
1/3 parte de la pena: Tres Años y Cuatro Meses, que vence: 03-03-2008 (REGIMEN ABIERTO)
2/3 partes de la pena: Seis Años y Ocho Meses, que vence: 03-07-2011 (LIBERTAD CONDICIONNAL)
3/4 partes de la pena: Siete Años y Seis Meses, que vence: 03-05-2012 (CONFINAMIENTO)
CUMPLE LA TOTALIDAD DE LA PENA en fecha 03-11-2014

En consecuencia hagase trasladar al penado hasta este despacho a los efectos de imponerlo de esta decisión. Notifíquese al Fiscal de Ejecución y a la Defensa.
Librese Oficio y las correspondientes Bolitas de Notificación.


El Juez Primero de Ejecución

La Secretaria

Abg. Marcos Hilario Guevara
Berenice Maldonado