REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL MILITAR DÉCIMO SÉPTIMO DE CONTROL CON SEDE EN CIUDAD BOLÍVAR

CIUDAD BOLÍVAR, 24 de Abril de 2007
197° y 148°

Visto el escrito mediante el cual la Fiscalía Cuadragésima Tercera con Competencia Nacional, solicita una (01) orden de allanamiento a practicarse en las Oficinas de la empresa Serenos Responsables C.A., (SERECA) ubicada en: AVENIDA PEDRO EMILIO COL, QUINTA GUACUCO, URBANIZACION SANTA MONICA, CARACAS, DISTRITO CAPITAL; de conformidad con la orden de apertura penal militar Nro. 9970 de fecha 07 de diciembre de 2005, por encontrarse presuntamente en el inmueble material de interés criminalistico, en la presunta comisión del delito militar Contra la fe Militar. Este Tribunal Militar analizada la solicitud ACUERDA: PRIMERO: Declara SIN LUGAR la solicitud de Ministerio Público Militar, al no tener competencia territorial este Órgano Jurisdiccional, en el Distrito Capital, de conformidad con la Resolución 2004-0009, de fecha 18 de agosto de 2004, la cual indica que la competencia territorial, de este Tribunal Militar abarca los estados: Anzoátegui, Bolívar, Delta Amacuro, Monagas, Nueva Esparta y Sucre, en el Mar Territorial, en las Islas que se formen o aparezcan en el Mar Territorial o en la Plataforma Continental, Zona Marítima Contigua y en el Espacio Aéreo sujeto a la Soberanía Nacional. SEGUNDO: ofíciese la decisión al solicitante. HAGASE COMO SE ORDENA.

EL JUEZ MILITAR,



PABLO GUILLERMO LABRADOR REYES
TENIENTE (EJ)
LA SECRETARIA ACC.

CARMEN ROSA ACUNA
ABOGADA

En la misma fecha en cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede, se oficio a la Fiscalia Militar Cuadragésima Tercera.

LA SECRETARIA ACC.


CARMEN ROSA ACUNA
ABOGADA