REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DEL MUNICIPIO CRESPO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA










JUZGADO DEL MUNICIPIO CRESPO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA

DUACA: 18 de Septiembre del 2006.-
AÑOS: 196º y 147º
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana MARICARMEN MENDOZA, actuando en su condición de parte demandante, donde manifiesta la muerte del niño ANTHONY EDUARDO DURAN MENDOZA, quien es el beneficiario de la pensión de alimentos solicitada a través de este expediente, lo cual se demuestra según consignación de copia de Certificado de defunción emitido por el Hospital Rafael Antonio Gil de Duaca, Municipio Crespo del Estado Lara, este Tribunal conforme a lo previsto en el artículo 383 literal “a” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, declara la extinción de la obligación alimentaria cursante en el presente expediente y ordena el archivo del mismo.
Expediente: 447-2005

El Juez Suplente Especial


Abog. Luís Rafael Alejos Pineda.-

La Secretaria,

Abog. María F. Alviarez.-