REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolívar
Ciudad Bolívar, veintisiete de septiembre de dos mil seis
196º y 147º
Vista la solicitud de UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS presentada por la Ciudadana: YANETH CAROLINA PEREIRA COLINA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° 11.729.513, debidamente asistida por el Profesional del Derecho JOSÉ MANUEL LIRA BOLÍVAR, abogado en ejercicio, inscrita en el INPREABOGADO bajo el N° 101.414 y de este domicilio. Este Tribunal de conformidad con la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, que establece la creación y constitución de Tribunales de Protección del Niño y del Adolescente, entre cuyas atribuciones está la de conocer de los asuntos cuando haya Niños y Adolescentes (artículo 177, Parágrafo 4°, Literal “F”). En consecuencia visto que en el caso de autos la solicitante representa a su menor hija: NATACHA ESTEFANIA BARRETO PEREIRA, es por lo que este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar DECLINA su competencia para conocer la presente Solicitud al Juzgado de Protección al Niño y al Adolescente del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar. Se ordena la remisión de este expediente al Tribunal antes mencionado. Líbrese Oficio. Procédase como se ha decidido.-
El Juez,
Ab. Manuel A. Cortéz B.-
La Secretaria,
Ab. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/av.-
ASUNTO: FP02-S-2006-005669
RESOLUCIÓN N° PJ0192006000265
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