REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. EN SU NOMBRE. JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 18 de septiembre de 2006
196° y 147°

Vista la anterior diligencia suscrita en fecha 12 de Julio de 2006 por el ciudadano JUAN P. GARCIA Z, abogado en ejercicio, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora en el presente asunto, e igualmente con vista al recaudo anexo a la misma, contentiva de la Transacción suscrita por las partes en fecha 17 de junio del presente año por ante la Notaria Publica Octava del Municipio Baruta del Estado Miranda, por cuanto la misma no es contraria al orden público, las buenas costumbres o alguna disposición expresa en la Ley y trata sobre derechos disponibles de las partes, el Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos expuestos, por cuanto ésta trata sobre Derechos disponibles por las partes, teniendo aquella fuerza de cosa juzgada, todo de conformidad con lo previsto en los Artículos 255 y 256 del Código de Procedimiento Civil, en consecuencia, se deberá proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. Seguidamente, se ordena expedir por Secretaría las copias certificadas solicitadas, con inserción de la diligencia que las solicita y del presente auto, todo de conformidad con lo dispuesto en el Artículo 112 Ejusdem. Y ASI SE DECIDE.-
EL JUEZ,

LUIS RODOLFO HERRERA GONZALEZ.- LA SECRETARIA,
MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-

En la misma fecha del auto que antecede se deja constancia del requerimiento de los fotostátos necesarios para proveer.-

LA SECRETARIA,

MARIA GABRIELA HERNANDEZ RUZ.-

Exp. Nro. 04-7541.
LRHG/MGHR/Carla.