REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 10

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 10


Caracas, 18 de Septiembre de 2006
196° y 147°

Vista la Inhibición planteada por el Dr. RODOLFO ROMERO ZAMBRANO, en su carácter de Juez Noveno de Primera Instancia en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, conforme a lo establecido en el artículo 86, numeral 7° en concordancia con el artículo 87, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida contra el ciudadano DEIVIS NEOMAR RIVERO, signada bajo el N° 9-C-3355-04 (nomenclatura del Juzgado en mención); y, por cuanto en ella se expresan los motivos en que se funda y fue propuesta en la oportunidad legal correspondiente, se declara ADMISIBLE la mencionada inhibición, de conformidad con lo establecido en los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial y 96 del texto adjetivo penal.

LA JUEZ PRESIDENTE,


DRA. RITA HERNÁNDEZ TINEO
(PONENTE)

EL JUEZ, LA JUEZ,


ERIKSON LAURENS ZAPATA DRA. WENDI SÁEZ RAMÍREZ



LA SECRETARIA,


ABG. CLAUDIA MADARIAGA SANZ



Expediente Nro. 10Aa 1916-06.
RHT/ELZ/WSR/CMS/e.oses.