REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Juzgado Sexto  de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
Barquisimeto, treinta de octubre de dos mil seis
 
196º y 147º
 
ASUNTO: KP02-L-2005-001089
 
 
PARTE ACTORA: NANCY MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro V10.828.245.
 
PARTE DEMANDADA: FINCA LA COROMOTO
 
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO
 
 
	En el día hábil de hoy, treinta (30) de Octubre de 2006, siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 am)  día y hora fijado para que tenga lugar la  Audiencia Preliminar. En este estado este Juzgado deja expresa constancia que se hizo el llamado correspondiente de las partes  a las puertas de este Tribunal, sin que alguna de ellas compareciera por si o  por medio de apoderado judicial alguno. En consecuencia, de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia  de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 196° y 147°. 
 
 
 
 
La Juez
 
 
 
Abog. Ana Sonia Sanchez Aguirre
 
 
 
La Secretaria
 
 
 
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