REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
 
Barquisimeto, 10 de octubre de 2006
 
 
 
ASUNTO: KP02-L-2006-000444
 
 
PARTE ACTORA: HECTOR ALEXANDER SANCHEZ OSAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.695.090
 
 
PARTE DEMANDADA: ADMINISTRADORA INSUMERCA C.A (INSUMERCA).
 
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 
     Hoy, 10 de Octubre de 2006 siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio; no haciéndose presente ninguna de las partes ni por si ni por medio de apoderado judicial o representante alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO;  en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197° y 146°.
 
 
 
           La   Juez
 
 
 
 
Abg. Ana Sonia Sanchez Aguirre
 
 
La Secretaria
 
 
 
Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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