REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 10 de octubre de 2006
ASUNTO: KP02-L-2006-000444
PARTE ACTORA: HECTOR ALEXANDER SANCHEZ OSAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 14.695.090
PARTE DEMANDADA: ADMINISTRADORA INSUMERCA C.A (INSUMERCA).
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
Hoy, 10 de Octubre de 2006 siendo las dos y treinta de la tarde (02:30 p.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio; no haciéndose presente ninguna de las partes ni por si ni por medio de apoderado judicial o representante alguno; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 197° y 146°.
La Juez
Abg. Ana Sonia Sanchez Aguirre
La Secretaria
Abg. Nailyn Rodríguez Castañeda
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