REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Séptimo De Primera Instancia De Sustanciación, Mediación Y Ejecución Del Trabajo De La Circunscripción Judicial Del Estado Lara

Barquisimeto, 06-10-2006

ACTA INSTALACION AUDIENCIA PRELIMINAR


ASUNTO N° KP02-L-2006-018218

PARTE ACTORA: VICTOR RAFAEL ROJAS PEÑA

PARTE DEMANDADA: TUBRICA

ABOGADO DE LA PARTE DEMANDADA: JESUS DA SILVA, inscrito en el IPSA Bajo el N° 32441

MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


Hoy 06 de octubre 2006, siendo las 09:30 AM, día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar se procedió a dar llamado ante las puertas de este Tribunal, a viva voz, a las partes en litigio haciéndose presente únicamente la parte demandada empresa TUBRICA, representada en este acto por el abogado JESUS DA SILVA, inscrito en el IPSA bajo el N° 32441, en su carácter apoderado de la empresa demandada. En este estado la Juez como directora del proceso procede a dictar sentencia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y con la autoridad que le confiere la Ley declarando desistido el procedimiento debido a la inasistencia de la parte demandante; consecuencias jurídicas estas previstas en el Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; indicando que según el parágrafo Primero del mismo artículo, solo se extingue la instancia y que deberá dejar transcurrir los noventa (90) días continuos para volver a proponer la demanda. Es todo. Término se leyó y conforme firman.

LA JUEZ,
Abg. EUGENIA MARIA ESPINOZA PIÑANGO


EL DEMANDADO,



EL SECRETARIO
ABOG. GABRIEL MORENO VIERA