REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Juzgado de Primera Instancia Agraria de la Región Agraria del Estado Lara
Barquisimeto, veintisiete de octubre de dos mil seis
196º y 147°

ASUNTO: KP02-S-2006-022487

Vista la solicitud de TITULO SUPLETORIO presentada por la ciudadana ZAIDELIN MERCEDES GIMÉNEZ, mayor de edad, venezolana, titular de la cédula de identidad N° V-15.732.150 asistida por la Abogada en ejercicio MEILYN CAROLINA ADAM ÁLVAREZ inscrita en el Instituto de Previsión Social bajo el N° 102.065. Este Tribunal con ocasión a la declinatoria de competencia efectuada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Estado Lara relacionada con la expedición de Títulos Supletorios, profirió fallo en el expediente signado con el No. KP02-S-2006-18305, en el cual se ordenó la devolución del mismo al Juzgado declinante por las razones allí explanadas, en virtud de lo cual se ratifica el mencionado fallo y se declara improcedente la solicitud. Y así se decide.-

El Juez,


Abg. Elías Heneche Tovar
La Secretaria,


Abg. Anni Suárez Morillo
EHT/arl