REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL
Barquisimeto, cinco (05) de octubre de 2006
196º y 147º
SENTENCIA INTERLOCUTORIA N° 100/2006
ASUNTO: KP02-U-2005-000263
Visto el RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO, interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico por ante la Gerencia de Tributos Internos de la Región Centro Occidental del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), en fecha 24 de noviembre de 1999, remitido a la vía judicial por medio de oficio Nº SAT-GTI-RCO-DJT-ARCJ-2005-005315, de fecha 08 de junio de 2005, recibido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (U.R.D.D.), en fecha 10 de junio de 2005 y distribuido a este Tribunal Superior Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental en fecha 13 de junio de 2005; por el ciudadano IGINO FOLLO BOCCUZZI, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.406.114, actuando con el carácter de representante de la sociedad de comercio “KLEO´S MAYORISTA, C.A.”, domiciliada en el Mercado Mayorista, Galpón 5, Zona Industrial III, Barquisimeto, Estado Lara, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en fecha 06 de diciembre de 1991, bajo el N° 18A, Tomo 07, identificada en el Registro de Información Fiscal (R.I.F) bajo el N° J-30029508-7, asistido por el abogado ROGELIO A. HERNÁNDEZ, titular de la cédula de identidad N° V-1.359.920, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 11.840; recurso reformado mediante escrito presentado en fecha 20 de septiembre de 2005, asistido por el abogado RAFAEL YGNACIO CARVAJAL ORDUZ, titular de la cédula de identidad Nº V-2.886.744, inscrito en el Inpreabogado Nº 92.260. Recuro interpuesto contra la Resolución bajo el N° GRTI-RCO-DJT-ARAJ-510-2601, de fecha 30 de septiembre de 1999, notificada en fecha 20 de octubre de 1999 y su respectiva Planilla de Liquidación bajo el N° 031030103000442, de fecha 03 de junio de1999, emanada de la GERENCIA DE TRIBUTOS INTERNOS DE LA REGIÓN CENTRO OCCIDENTAL DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT), impugnada por la contribuyente mediante Recurso Jerárquico, ejerciendo en esta misma oportunidad el Recurso Contencioso Tributario en forma subsidiaria, cuyo recurso administrativo fue declarado SIN LUGAR, según Resolución Nº GJT-DRAJ-A-2004-6548, de fecha 30 de diciembre de 2004, emanada de la GERENCIA JURÍDICO TRIBUTARIA DEL SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT).
Ahora bien, estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o inadmitir el presente Recurso Contencioso Tributario, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266 a saber: Se trata de un acto administrativo de efectos particulares recurribles en vía jurisdiccional, impugnado por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda quedando demostrada la cualidad y el interés del representante de la de la sociedad de comercio “KLEO´S MAYORISTA, C.A.” y en virtud de que no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental ADMITE el presente Recurso Contencioso Tributario interpuesto subsidiariamente al Recurso Jerárquico, en cuanto a lugar en derecho, de acuerdo a lo señalado en el artículo 267 del Código Orgánico Tributario.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada conforme a lo estipulado en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada, Firmada y Sellada en la Sala de Despacho, de este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Centro Occidental, en Barquisimeto a los cinco (05) días del mes de octubre de dos mil seis (2006). Años 196º de la Independencia y 147º de la Federación.-
La Jueza,
Dra. María Leonor Pineda García.
El Secretario,
Abg. Francisco Martínez.
En horas de despacho del día de hoy, cinco (05) de octubre del año dos mil seis (2006), siendo las tres y siete minutos de la tarde (03:07 p.m.), se publicó la presente Decisión.
El Secretario,
Abg. Francisco Martínez.
ASUNTO: KP02-U-2005-000263
MLPG/fm/ga-
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