REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal de Control de Barquisimeto
Barquisimeto, 26 de Octubre del 2006
AÑOS: 196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL: KP01-P-2006-003615

Corresponde a este Tribunal en funciones de Control N° 8, emitir pronunciamiento en cuanto a solicitud realizada por la Defensa, de fecha 21/09/2006, referente a la solicitud de extensión de las presentaciones periódicas cada treinta (30) días, con motivo a la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta al ciudadano ORLANDO ANTONIO ÁLVAREZ SÁNCHEZ, titular de la Cédula de Identidad N°V- 5.256.787, de profesión u oficio Obrero, residenciado en el Barrio La Ventosa, avenida principal calle 1, casa de bloques sin numero, de la ciudad de Barquisimeto, Estado Lara, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. A tal efecto, este Tribunal a los fines de decidir observa:
En audiencia celebrada por este Tribunal en fecha 05/05/2006, le fue impuesto al ciudadano ORLANDO ANTONIO ÁLVAREZ SÁNCHEZ, ya identificado, Medida Cautelar de la establecida en el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, atendiendo a la solicitud que hiciere la Defensa y visto que cumplían con los extremos legales de la referida norma; debiendo el imputado presentarse cada ocho (08) días por ante la taquilla de presentaciones de este Circuito Judicial.
Ahora bien, se analizó escrito presentado a este Tribunal por la Defensa, mediante el cual solicita sea considerada la posibilidad de extenderle las presentaciones cada treinta (30) días, dado que el referido imputado es una persona que se encuentra actualmente bajo tratamiento medico por ante ASCARDIO, por cuanto va ser intervenido quirúrgicamente de Corazón Abierto, por lo que requiere de un reposo absoluto.
De este modo, este Tribunal atendiendo a la solicitud de la Defensa y visto que se verifico en el sistema Juris 2000, que el ciudadano ORLANDO ANTONIO ÁLVAREZ SÁNCHEZ, ya identificado, han cumplido cabalmente con la medida cautelar interpuesta, y que rielan en folios diecisiete (17) al treinta y siete (37) constancias medicas en la cual se verifica que el imputado de autos en efecto se encuentra en tratamiento y necesita ser intervenido quirúrgicamente de corazón abierto, es por lo que este Tribunal acuerda prolongar el periodo de presentación cada treinta (30) días por ante la Taquilla de presentaciones de los imputados del Edificio Nacional en Barquisimeto del Estado Lara, debiéndola realizar a partir del día 10/11/2006.
DISPOSITIVA
Por razones expuestas, este Tribunal en funciones de Control N°8 Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se acuerda prolongar el lapso de presentación cada treinta (30) días, al ciudadano ORLANDO ANTONIO ÁLVAREZ SÁNCHEZ, identificado en autos; por ante la taquilla de presentaciones del tribunal ratificando la obligación de dar cumplimiento a la Medida Cautelar Sustitutiva impuesta de conformidad con el artículo 256 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal. Se acuerda librar oficio notificando a las para partes. Publíquese y regístrese. Cúmplase.

La Juez de Control N° 8


Abg. Wendy Azuaje Pérez El Secretario.