REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
RELATOR ORLANDO PULIDO PAREDES
PONENTE: Magistrado de la Corte Marcial
Capitán de Navío ORLANDO PULIDO PAREDES
Visto el Recurso de Apelación interpuesto por el ciudadano Maestro Técnico Mayor (AV) CORNELIO JESUS VILLEGAS GUTIERREZ, Defensor Público Militar del Ciudadano Guardia Nacional OSCAR ENRIQUE GUEDEZ QUERALES, titular de la Cedula de Identidad Nº 13.189.917, contra la sentencia dictada por el Tribunal Militar Primero de Juicio del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas, Distrito Capital, en fecha veintidós de junio de dos mil seis, en la cual CONDENÒ a su defendido a cumplir la pena de SEIS (06) MESES DE PRISION, como autor del delito de DESERCION, previsto y sancionado en los artículos 523, 527, ordinal 1º y 528, todos del Código Orgánico de Justicia Militar, mas las accesorias de ley contenidas en los numerales 1º, 2º y 3º del artículo 407 ejusdem.
Esta Corte Marcial a los fines de resolver la admisibilidad o no del recurso de apelación observa: Que el recurso de apelación ha sido propuesto con arreglo a lo previsto en el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, es decir, mediante escrito fundado y en tiempo hábil, por lo que no concurren en el presente caso ninguna de las causales de inadmisibilidad, lo que lo hace ADMISIBLE ante esta Corte de Apelaciones. En consecuencia, se ACUERDA fijar por auto separado la audiencia Oral y Pública, que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de cinco (05) días ni mayor de diez (10) días, conforme al artículo 455, primer aparte ibidem.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley y líbrese las Boletas de Notificación a las partes.
Dada, firmada y sellada en el Salón de Audiencias de esta Corte Marcial, en Caracas, a los once días del mes de octubre de dos mil seis. Años 196º de la Independencia y 147º de la federación.
EL MAGISTRADO PRESIDENTE,
DAMIAN ADOLFO NIETO CARRILLO
GENERAL DE BRIGADA (EJ)
LOS MAGISTRADOS,
FRANCISCO RIVAS RODRIGUEZ ORLANDO PULIDO PAREDES
GENERAL DE BRIGADA (EJ) CAPITAN DE NAVIO
MATILDE RANGEL DE CORDERO EDALBERTO CONTRERAS CORREA
CORONEL (GN) CORONEL (AV)
LA SECRETARIA,
LISBETH M. NIETO ZAMBRANO
TENIENTE (EJ)
En esta misma fecha, se registró y publicó el presente auto, se expidió la copia certificada de ley, se libró Boletas de Notificación a las partes.
LA SECRETARIA,
LISBETH M. NIETO ZAMBRANO
TENIENTE (EJ)
Causa Nº CJPM-CM-068-06
OPP/LDR.