ASUNTO: FP02-S-2006-004878
RESOLUCIÓN Nº PJ0212006000327
Vista la solicitud que encabeza las actuaciones que anteceden, los documentos producidos y la justificación promovida y evacuada al efecto, este Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, sin perjuicio de terceras personas de igual o mejor derecho, EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA COMO UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, del de-cujus ERWIN OTTO GUNTERMANN VELASQUEZ, fallecido en la Carretera Nacional El Tigre – Ciudad Bolivar, el día 19 de Julio de 20046 a su esposa: MIREN JULENE IRIARTE DE GUNTERMANN y a su hijo ERWIN OTTO GUNTERMANN IRIARTE. Cumplidas como han sido las actuaciones de autos, devuélvase en original la documentación a la parte interesada y déjese copia certificada de la presente declaración.-

EL JUEZ DE PROTECCION (1)

DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ
LA SECRETARIA DE SALA

ABOG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA


La Asistente
Virginia Romero