De conformidad con lo previsto en el artículo 74 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se ordena incorporar, en este mismo acto, al expediente las pruebas promovidas por las partes a los fines de su admisión y evacuación por ante el Juez de Juicio. Se ordena así mismo la remisión mediante Oficio a la Coordinación Judicial del Circuito para tal fin de distribución de la presente causa.-

El Juez