REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, diecisiete de noviembre de dos mil seis
196º y 147º

ASUNTO: KP02-L-2005-002158
PARTE ACTORA: RAUL DÍAZ, venezolano, mayor de edad. Titular de la cedula de identidad Nro. 7.958.593
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN
MOTIVO: CALIFICACIÓN DE DESPIDO

En el día de hoy diecisiete (17) de noviembre del año 2006, siendo las dos de la tarde (02:00 pm), oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio, presentándose la parte demandada ALCALDIA DEL MUNICIPIO IRIBARREN, por medio de su apoderada judicial Abg. Maria Perez, inscrita en el IPSA Nro 92.392 , quien presenta poder en original y copia a los fines de su certificación y ser agregado a los autos, dejándose constancia que no comparece la parte demandante, ni por si ni por medio de apoderado judicial, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO.


La Juez



Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre


La Secretaria