REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
Juzgado de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución  de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
 
Barquisimeto, trece de noviembre de dos mil seis
 
196º y 147º
 
 
ASUNTO: KP02-L-2006-001034
 
PARTE ACTORA: ARMANDO GIL, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. 11.588.834
 
PARTE DEMANDADA: ESTACIONAMIENTO DE GANDOLAS
 
ABOGADO APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: NEYDA PADILLA, inscrita en el IPSA Nro 58.938
 
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
 
 
En el día de hoy trece (13) de Noviembre del año 2006, siendo las 10:00  de la mañana, oportunidad fijada  para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en la presente causa, este Juzgado Sexto de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo deja expresa constancia que se llama a las puertas del Tribunal a las partes en juicio, haciéndose presente únicamente la parte demandada ESTACIONAMIENTO DE GANDOLAS, por medio de su apoderada judicial  Abg. Neyda Padilla, inscrita en el IPSA Nro 58.938, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley,  DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. 
 
 
 
La  Juez
 
 
 
Abg. Ana Sonia Sánchez Aguirre
 
La Secretaria
 
Abg. Joselyn Cárdenas
 
 
La Parte Demandada
 
 
 
 
 
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