REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
Barquisimeto, 08 de Noviembre de 2006

ASUNTO: KP02-L-2006-001499

PARTE ACTORA: ERICA PASTORA JIMENEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V-12.024.625
ABOGADO APODERADO PARTE DEMANDANTE:
PARTE DEMANDADA: SOCIEDAD MERCANTIL MONSERRAT CENTRO DE ESTETICA Y SPA C.A.
ABOGADOS APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: SANDRA CASTILLO IPSA Nro.90.331.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 08 de noviembre de 2006 siendo las diez de la mañana (10:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece la parte demandada SOCIEDAD MERCANTIL MONSERRAT CENTRO DE ESTETICA Y SPA C.A., los abogados JESUS PEÑERUA Y SANDRA CASTILLO IPSA Nro. 53.414 Y 90.331. Respectivamente, y presento poder en original y copia el primero de los nombrados para que sea agregado a los autos, previa certificación de igual forma sustituyo poder a la segunda de los nombrados, Dándose así inicio a la Audiencia Preliminar. Se deja constancia que la parte actora no compareció ni por sí ni por medio de apoderado judicial por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO; en consecuencia, la parte actora no podrá volver a proponer la demanda sino hasta después de transcurridos noventa (90) días continuos, contados a partir de la fecha de publicación de la presente decisión.
La Juez

Abg. Eugenia Maria Espinoza Piñango
El Secretario
Abg. Gabriel Moreno Viera
Parte Demandada