Riela al folio treinta y uno (31) escrito consignado por la ciudadana: JUANA GONZÁLEZ DE SCHOTBORGH, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 1.776.1230 y de este domicilio, parte demandada en el presente juicio, asistida por la abogada en ejercicio: LISETH J. BARRIOS VILLEGAS, Inscrita en el IPSA bajo el No. 90.375, la cual se hizo parte en la presente causa. La parte demandada manifestó su voluntad expresa de entregar a la ciudadana: MARÍA ARIOLA DE FALCO, titular de la cédula de identidad N° E-627.543, parte actora, el Inmueble ocupado en arrendamiento, ubicado en la Carrera 18 entre Calles 61 y 62 de esta ciudad, identificado con el N° 61-60, en fecha 30 de Enero de 2007, completamente desocupado, libre de bienes y personas y solvente en todos los servicios de energía eléctrica, agua y demás instalados en dicho inmueble, igualmente ofreció a la parte actora reanudar o asumir nuevamente el pago de un canon de arrendamiento por la cantidad de CUATROCIENTOS MIL BOLÍVARES MENSUALES (Bs. 400.000,00) por mensualidades adelantadas, los primeros cinco (05) días de cada mes, en el lapso comprendido desde el Quince (15) de Noviembre de 2006 hasta la mencionada fecha de entrega; quedando establecido como lugar de pago la carrera 16 entre calles 26 y 27, Edificio Estrados, 5to piso, oficina 54 en la persona del Abogado ORLANDO ROJAS VOLCANES en su condición de apoderado de la parte actora en este proceso; asimismo la parte demandada asumió los Honorarios Profesionales de la Abogada que la asistió en la presente causa. Por su parte la actora acepto el convenimiento planteado por la demandada en los términos y condiciones ya expresados.-
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