REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRÁNSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, veintitrés de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
ASUNTO: KP02-F-2006-000257

Visto el convenimiento efectuado por la parte demandada ciudadana AMPARO GIRALDO DE OCAMPO en fecha 16 de Noviembre de 2006, en el presente juicio de Reconocimiento de Filiación Materna, intentado por la ciudadana GISSELA ANDREINA OCAMPO GIRALDO, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con los artículos 217 y 232 del Código Civil, le imparte su homologación. Téngase el mismo como sentencia pasada con autoridad de cosa juzgada. Ofíciese a la Jefatura Civil de la Parroquia Concepción del Municipio Iribarren del Estado Lara, para que proceda a insertar el presente auto homologatorio en el Libro de Nacimientos del corriente año, de tal manera que haga las veces de Acta de Nacimiento de la ciudadana: GISSELA ANDREINA OCAMPO GIRALDO, nacida en Barquisimeto Estado Lara en fecha 30 de Agosto de 1987, hija de AMPARO GIRALDO DE OCAMPO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. 22.328.569.-
El Juez

Abg. Oscar Eduardo Rivero López
El Secretario

Abg. Greddy Eduardo Rosas Castillo

OERL/mm