REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal de Ejecución de Barquisimeto
Barquisimeto, 17 de Noviembre de 2006
196º y 147º
ASUNTO PRINCIPAL : KP01-P-2004-000233
Vista la solicitud de REGIMEN ABIERTO, formulada por los penados JHOAN CARLOS GONZALEZ , PEDRO KEYSE BRICEÑO GONZALEZ Y JEAN CARLOS GONZALEZ CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad No. 17.574.731, 15.265.656 Y 19.323.535 , quienes fueron condenados a cumplir la pena de CINCO AÑOS Y CINCO MESES DE PRESIDIO más las accesorias de conformidad con el Art. 13 del Código Penal, por la comisión del delito de ROBO AGRAVADO DE VEHICULO EN GRADO DE FRUSTRACION previsto en el Art. 5 Ord. 1 y 2.
Del INFORME TECNICO practicado a los penados JHOAN CARLOS GONZALEZ , PEDRO KEYSE BRICEÑO GONZALEZ Y JEAN CARLOS GONZALEZ CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad No. 17.574.731, 15.265.656 Y 19.323.535 de autos, por la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, se evidencia que emiten una OPINION FAVORABLE, OFERTA DE TRABAJO Y CONSTANCIA DE ANTECEDENTES PENALES (folios 530, 531,532,533539,542, y 546).para la concesión de la medida de REGIMEN ABIERTO, y consta en el asunto, cómputo de la pena realizado por este Tribunal de Ejecución en fecha 08 -03-2006 , donde se observa que la penada tiene el tiempo requerido para optar por la medida de REGIMEN ABIERTO, ya que ha cumplido con el tercio de la pena impuesta, razón por la cual considera este Juez de Ejecución, que se encuentran llenos los requisitos exigidos por la Ley, por lo que se considera procedente OTORGAR EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO y de esta forma demostrar efectivamente, que está dispuesto a reinsertarse tanto al grupo familiar como a la sociedad, por lo que se le imponen las siguientes condiciones:
- Ubicarse en el área laboral y cumplir con sus responsabilidades familiares.
- El Régimen Abierto lo cumplirá en el Centro de Tratamiento Comunitario Dra. Nilda Lucrecia Hernández Carrera 14 frente al parque Ayacucho de esta Ciudad.
- Realizar cursos de capacitación.
- No consumir sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.
- Recibir orientación de su Delegado de Prueba para el cabal cumplimiento de su beneficio; y
- Cualquier otra que su Delegado supervisor estime conveniente
D I S P O S I T I V A
Por las razones anteriormente expuestas, este Tribunal de Primera Instancia en función de Ejecución N° 1, Administrando Judicial en nombre de la República y por autoridad de la Ley, CONCEDE EL BENEFICIO DE REGIMEN ABIERTO, a los penados JHOAN CARLOS GONZALEZ , PEDRO KEYSE BRICEÑO GONZALEZ Y JEAN CARLOS GONZALEZ CASTILLO, titular de la Cédula de Identidad No. 17.574.731, 15.265.656 Y 19.323.535 ampliamente identificados en autos, por cuanto están llenos los extremos exigidos por en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal .
Regístrese la presente decisión y remítase con Oficio al Director del Centro Penitenciario de la Región Centro Occidental del Estado Lara, al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario del Estado Lara, y al Director del Centro de Tratamiento Comunitario . Notifíquese al Fiscal 13F1-A185-04 del Ministerio Público, a la defensa y a la penada.-
La Juez Primera de Ejecución,
Abg. Moralba del Valle Herrera la secretaria,
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