REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL, AGRARIO Y TRANSITO SEDE EN CIUDAD BOLIVAR
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de 1ra. Instancia Civil, Mercantil, Agrario y Transito - Ciudad Bolivar
Ciudad Bolivar, veintiocho de noviembre de dos mil seis
196º y 147º
Por cuanto los interesados ciudadanos INES MARÍA DA SILVA y HECTOR JOSÉ ORONOZ MARTINEZ, desde el auto de fecha 31-01-06 en la cual el tribunal se abstiene de admitir la solicitud hasta tanto sea indicado el último domicilio conyugal para que surta su efecto legal, que corre inserto en el folio 6, no consta que hicieran posteriormente acto alguno en el presente. El Tribunal, de conformidad con lo previsto en el artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDO la presente solicitud de DIVORCIO 185-A. Así se decide.-
El Juez,
Ab. Manuel A. Cortéz B.-
La Secretaria,
Ab. Soraya Charboné.-
MACB/SCH/av
ASUNTO: FP02-S-2006-000392
RESOLUCIÓN N° PJ0192006000503