REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 06 de Noviembre de 2006.
195º y 147º

PARTE ACTORA: JUAN JOSE COLINA CHIRINO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad Nº 10.479.917.

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: PEDRO LUIS FERMIN, ROSSANA HERNANDEZ MARTINEZ, GUSTAVO GOMEZ GUZMAN, NESTOR FREDY SUAREZ y AURA ROSA JIMENEZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nos. 32.671, 71.542, 79.307, 64.094 y 22.935, respectivamente.

PARTE DEMANDADA: IMPRESORA ONEONTA C. A., sociedad mercantil inscrita en el Registro Mercantil V de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 21 de Diciembre de 1999, bajo el No 86, Tomo 32-A-Qto.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: ADEL JOSE SANTINI GUERRERO, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 68.109.

MOTIVO: Desistimiento del Procedimiento.

Vistos: Estos autos.

Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 01 de Marzo de 2005, por el abogado ADEL JOSE SANTINI, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de Febrero de 2005, oída en ambos efectos en fecha 04 de Marzo de 2005.

Por auto de fecha 29 de Junio de 2006, este Juzgado dio por recibido el expediente y dejó expresa constancia de que al quinto (5º) día hábil siguiente se fijaría la oportunidad para la celebración de la audiencia oral, la cual se fijó por auto de fecha 07 de Julio de 2006, para el 01 de Noviembre de 2006, a las 02:30 p.m.

Celebrada como ha sido la audiencia oral, este Tribunal Superior pasa a publicar la sentencia en los siguientes términos:
CAPITULO I

En el acta levantada en fecha 01 de Noviembre de 2006, oportunidad fijada para que tuviera lugar la audiencia oral en el presente juicio se dejó constancia de la comparecencia de la parte actora no apelante, representada por la abogado ROSSANA NOEMY HERNANDEZ y de la incomparecencia de la parte demandada apelante, por si o por medio de apoderado judicial.

Observa este Tribunal, que la fecha de la celebración de la audiencia oral se publicó en la cartelera de los Juzgados Superiores del Trabajo ubicada en el piso 18 del Edificio José María Vargas.

El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:

“…En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente…”

Con vista de que la parte demandada no compareció, por si o por medio de apoderado alguno, en la oportunidad fijada para la celebración de la audiencia oral y publica, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
La parte actora se adhirió a la apelación el 20 de Septiembre de 2005, la cual debe tenerse como desistida por haber desistimiento de la apelación, toda vez que lo accesorio sigue la suerte de lo principal.

CAPITULO II
DISPOSITIVO

Por las razones de hecho y de derecho precedentes, éste Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 01 de Marzo de 2005, por el abogado ADEL JOSE SANTINI, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo de Primera Instancia de Juicio del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 24 de Febrero de 2005, oída en ambos efectos en fecha 04 de Marzo de 2005. SEGUNDO: DESISTIDA la adhesión a la apelación interpuesta por la parte actora. TERCERO: Se condena en costas del recurso a la parte apelante.

PUBLÍQUESE y REGÍSTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Cuarto Superior del Régimen Procesal Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los seis (6) días del mes de Noviembre de 2006. AÑOS: 195º y 147º.

JUAN CARLOS CELI ANDERSON
JUEZ

JOHANA PEREZ MORALES
LA SECRETARIA

NOTA: En el día de hoy, 06 de Noviembre de 2006, se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-

JOHANA PEREZ MORALES
LA SECRETARIA
Asunto: AC22-R-2005-000119
Asunto Antiguo: 1548-T
JCCA/JPM/mg.