ASUNTO: FP02-V-2006-000734
RESOLUCION N° PJ0212006000470
SENTENCIA INTERLOCUTORIA CON FUERZA DE DEFINITIVA
En horas de Despacho del día de hoy 20 de Noviembre de 2006, siendo las diez de la mañana (10:00am), día y hora fijada para que tenga lugar el Primer Acto Conciliatorio, en el juicio de Divorcio, signado con el número indicado en el asunto, se anunció el acto a las puertas del Tribunal, se deja constancia que la parte demandante ciudadana LAURA CAROLINA ORTIZ SILVEIRA, no compareció ni por si ni por medio de Apoderados Judiciales; igualmente el Tribunal deja constancia que no compareció de Fiscal del Ministerio Publico, razón por la cual, este Tribunal, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley tiene por desistida la demanda y DECLARA EXTINGUIDO EL PROCESO, de conformidad con lo previsto en los Artículos 756 y 757, del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el Parágrafo Segundo del Artículo 461 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Se ordena la devolución de los documentos originales. Cúmplase y archívese el expediente.
EL JUEZ DE PROTECCIÓN (1)
DR. MIGUEL ANGEL PETIT PEREZ.
LA SECRETARIA DE SALA.
ABOG. CAROLINA QUIJADA GUEVARA
ASISTENTE
YUMERIS ARAY
|