REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.
ASUNTO: KP02-L-2003-001216
PARTE DEMANDANTE: LARRY TOBON C.I. Nro. V.- 15.057.301 y BEATRIZ TOBON, C.I. Nro. E.81.470.326, respectivamente
PARTES DEMANDADAS: TRANSPORTE TRAORIENTE, S.R.L. y TRAFILADOS DE ORIENTE, C.A.
ABOGADO APODERADO DE TRANSPORTE TRAORIENTE, S.R.L: RUBEN DARIO RODRIGUEZ, HAROLD CONTRERAZ ALVIAREZ y PEDRO LUIS ALVAREZ FARIAS, IPSA Nros. 90.096, 23.694 y 41.432 respectivamente.
ABOGADOS APODERADOS DE TRAFILADOS DE ORIENTE, C.A: ARMANDO JOSE MEJIAS MARTINEZ y AMILCAR RAFAEL VILLAVICENCIO, IPSA Nros.60.688 y 90.413 respectivamente
MOTIVO: INDEMNIZACIÓN POR ACCIDENTE DE TRABAJO, DAÑO MATERIAL Y DAÑO MORAL
Hoy 30 de Mayo de 2006 siendo las nueve y treinta de la mañana (09:30 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecen por las partes accionadas TRANSPORTE TRAORIENTE, S.R.L los abogados RUBEN DARIO RODRIGUEZ y HAROLD CONTRERAZ ALVIAREZ, IPSA Nros. 90.096 y 23.694 respectivamente apoderados judiciales y por TRAFILADOS DE ORIENTE, C.A los abogados ARMANDO JOSE MEJIAS MARTINEZ y AMILCAR RAFAEL VILLAVICENCIO, IPSA Nros.60.688 y 90.413 respectivamente apoderados judiciales. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante los ciudadanos LARRY TOBON C.I. Nro. V.- 15.057.301 y BEATRIZ TOBON, C.I. Nro. E.81.470.326, respectivamente, según la información suministrada por el Alguacil JOSE ANTONIO MARQUEZ, titular de la cédula de Identidad V- 12.357.053 encargado de anunciar la audiencia, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.
La Juez
Abg. Nahir Giménez Peraza
La Secretaria
Abg. Yesenia P. Vásquez R.
Las partes Comparecientes El Aguacil,
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