REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara.

ASUNTO: KP02-L-2005-002038
PARTE DEMANDANTE: RUBEN ALEJANDRO CARUCI MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.856.557
PARTE DEMANDADA: COMELPA, C.A., INVERSORA PATTRI, C.A., METAL ELECTRIC, C.A. y TRANSPORTE DELFIN, C.A.
ABOGADAS APODERADAS DE LA PARTE DEMANDADA: EGILDA GONZALEZ y LORDY SABBAGH, IPSA Nros. 92.307 y 117.634 respectivamente
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy 04 de Mayo de 2006 siendo las once de la mañana (11:00 a.m.) día y hora fijado para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparecen por la parte accionada las abogadas EGILDA GONZALEZ y LORDY SABBAGH, IPSA Nros. 92.307 y 117.634 respectivamente apoderadas judiciales de las empresas COMELPA, C.A., INVERSORA PATTRI, C.A., METAL ELECTRIC, C.A. y TRANSPORTE DELFIN, C.A. respectivamente. En este estado el Tribunal deja expresa constancia de que no comparece ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno la parte demandante ciudadano RUBEN ALEJANDRO CARUCI MORENO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 13.856.557, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 195° y 147°.


El Juez


Abg. José Tomás Alvarez Mendoza
La Secretaria

Abg. Yesenia P. Vásquez R.


Firma la parte en señal de asistencia