REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO TORRES

En el día de hoy. Lunes 22 de Mayo del año dos mil seis ( 2006 ), siendo las diez y cuarenta (10:40, a.m ) de la mañana se traslada el Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara y se constituye con la presencia del ciudadano Juez Abogado Rafael José Martínez Rivero con su Secretaria Accidental ciudadana Fátima Milena Acosta Palencia, en un inmueble ubicado en el caserío San Joaquín, casa sin numero de la ciudad de Carora, Municipio Torres del Estado Lara, a los fines de dar cumplimiento al Mandamiento de Ejecución enviado del Juzgado del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, para la practica de la Medida de Embargo Ejecutivo, con ocasión del juicio por cobro de bolivares intentado por el Abogado Luis Francisco Meléndez Ure, Endosatario en Procuracion del ciudadano Rodolfo Sulbaran, contra el ciudadano Jaime Rodríguez. Acompañan al Tribunal el demandante de autos ciudadano Rodolfo Sulbaran quien en este acto es asistido por el Abogado Manuel José Pérez Meléndez, titular de la cedula de identidad N º 5.915.774, inscrito en el Impre-abogado bajo el Nº 33961, igualmente acompañan al Tribunal el distinguido de la Guardia Nacional Omar Goyo, titular de la cedula de identidad Nº 12882,682, igualmente acompañan al Tribunal el Perito avaluador ciudadano Luis Ramón Gonzalez, titular de la cedula de identidad N º 4.400.177 y como Depositaria Judicial a la ciudadana Maria Elena Montes de Oca, titular de la cedula de identidad N º 5.932,458 y quienes estando presentes aceptaron el cargo para el cual fueron designados y juraron cumplir bien y fielmente con las obligaciones inherentes al cargo. En este estado la parte demandante con la asistencia indicada expone: Señalo para ser embargado un vehículo usado que se encuentra a la vista del Tribunal propiedad del demandado Jaime Rodríguez Madrid cuyo documento de propiedad se encuentra inserto en el folio numero 8 al 6 del presente cuaderno de medidas y cuyas características son las siguientes: placas: KCM-621, Serial de Carrocería 1G1AN69K8BJ232364, Serial del Motor. No visible, Marca Chevrolet, Modelo Caprice, Año, 1.981, Color Azul, Clase Automóvil, Tipo Sedan, Uso Particular. Dicho vehículo se encuentra en malas condiciones de funcionamiento tanto de la parte mecanice, carrocería, y tapicería interior, el cual fue valorado por el perito en la cantidad de dos millones de bolivares ( Bs 2.000.000, ºº ). En este estado este Juzgado Ejecutor de Medidas del Municipio Torres de la Circunscripción Judicial del Estado Lara, en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara el Embargo Ejecutivo del vehículo antes descrito, objeto de la presente medida y la disposición jurídica del mismo al demandado y propietario. En este estado el demandado el ciudadano Jaime Rodríguez expone: Informo al Tribunal que el vehículo se lo vendí a mi hermano Jorge Rodríguez y quien acudirá al Tribunal a demostrar su propiedad. El Tribunal no habiendo mas nada que practicar ordena el regreso a su sede, siendo las diez y treinta minutos (10: 30, a.m) de la mañana.

EL JUEZ PROVISORIO EL DEMANDADO
(FDO) (FDO)

EL DEMANDANTE EL ABOGADO ASISTENTE
(FDO) (FDO)

LA DEPOSITARIA EL PERITO
(FDO) (FDO)

EL GUARDIA NACIONAL LA SECRETARIA ACCIDENTAL
(FDO) (FDO)

exp/726-2006

(FDO) (FDO)