REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, tres de Mayo del dos mil seis
195º y 147º
ASUNTO: KP02-S-2006-5414
Vista la solicitud presentada por la ciudadana REINA TIBISAY MELÉNDEZ MARÍN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 17.572.445, de este domicilio, asistida de abogado, donde manifiesta se le conceda titulo supletorio de dominio sobre unas bienhechurías que adquirió a expensa propias con dinero de su propio peculio, ubicado en el Barrio El Portachuelo, vía Carorita Arriba, vía Principal, Parroquia Unión, Municipio Iribarren del Estado Lara, sobre un lote de terreno ejido, que mide 13,00 metros de frente por 20,00 metros de largo para un área de DOSCIENTOS SESENTA METROS CUADRADOS (260 M2); alinderadas de la siguiente manera NORTE: Con calle en proyecto que es su frente; SUR: Con casa de Yusbelys Guédez; ESTE: Con casa de Gilberto Yunior Meléndez; y OESTE: Con casa de Luis Meléndez. Dichas bienhechurías consisten en una casa de zinc, piso de tierra, techo de zinc, cercada de alambre de púas sobre estantillos de madera. El valor invertido es la cantidad de CINCO MILLONES DE BOLÍVARES (Bs. 5.000.000,00), y teniéndose presentes las declaraciones de los testigos: YUDITH VIRGUEZ y JELUVIS ÁLVAREZ, éste Tribunal administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, especialmente por los artículos 936 y 937 del Código de Procedimiento Civil y dejando a salvo los derechos que terceras personas puedan tener aprueba la mencionada Justificación y le DECLARA TITULO SUPLETORIO DE POSESIÓN Y DOMINIO a favor de la ciudadana REINA TIBISAY MELÉNDEZ MARÍN, ya identificada, en las bienhechurías antes descritas en el presente decreto el cual no podrá ser registrado sin la debida autorización del propietario del terreno sea un ente público o privado, conforme al acuerdo del primero de abril de 1.970, dictado por la Corte Suprema de Justicia en la Sala Político Administrativa, devuélvanse las actuaciones a la parte interesada.-
La Juez Suplente Especial,
Mariluz Josefina Pérez
La Secretaria,
Maria Fernanda Alviarez
MJP/dmg
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