REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO Nº 06
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO LARA
EN SU NOMBRE


Barquisimeto 02 de Mayo de 2006
195° y 147°

ASUNTO No. KP01-P-2002-000379


JUEZ: ABG. PILAR FERNÁNDEZ DE GUTIÉRREZ
SECRETARIO: ABG. MARÍA DOLORES GUERRERO

IMPUTADO: CARLOS ALBERTO GIMENEZ CISNEROS, venezolano; Cédula de Identidad: 4.385.677; Mayor de Edad, Estado Civil: Soltero; De Profesión u Oficio: Obrero, Hijo de: Antonio Giménez y Carmen de Giménez; Domiciliado en: Brisas del Obelisco, carrera 2 entre 5 y 4 casa Nº 1-6. Barquisimeto, Estado Lara.
DEFENSA PÚBLICA: ABG. ZARELLY ZAMBRANO.

FISCALIA 2º: ABG. MARCIAL ANDUEZA
VICTIMA: NUBIA COYA
DELITO: ROBO EN MODALIDAD ARREBATON.


SENTENCIA DE SOBRESEIMIENTO
Este Tribunal Sexto de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Lara, pasa a decidir el presente asunto que se le sigue al Ciudadano: CARLOS ALBERTO GIMENEZ CISNEROS, plenamente identificado, sometido a proceso penal por ser culpable de la comisión del hecho tipificado como, ROBO EN MODALIDAD ARREBATON, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal vigente para la época, lo cual se hace en los siguientes términos:

El día 06-04-2002 el Fiscal 4º del Ministerio Público Abg. JOSÉ ENRIQUE CASTILLO, presento por ante el Tribunal de Control al ciudadano: CARLOS ALBERTO GIMENEZ CISNEROS, por cuanto de conformidad a las actuaciones recibidas en ese despacho, el imputado fue aprehendido en virtud del procedimiento realizado en fecha 04-04-2002 por el Funcionario adscrito a la Dirección de Circulación Vial de la Policía Municipal Agte Escalona Castillo Juan Carlos, quien andando en sus labores de patrullaje a la altura de la calle 25 con carrera 21 y Avenida 20, recibió llamados de un grupo de personas entre las cuales se identificó la ciudadana Nubia Isabel Coya de Alejos, quien la manifestó que un sujeto le había sacado el monedero de su cartera, pero que ella se lo había quitado nuevamente al percatarse de que dos sujetos lo tenían agarrado, procediendo a aprehenderlo, por lo cual le fue decretada medida cautelar y declarada con lugar la flagrancia.

En fecha 18-02-2004 este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Juicio, admitió la acusación fiscal contra del ciudadano CARLOS ALBERTO GIMENEZ CISNEROS, por la presunta comisión del delito de ROBO EN MODALIDAD ARREBATON, hecho previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, y previo el cumplimiento de las formalidades de ley, impuso al acusado de los Derechos Constitucionales y Procesales que le asisten, especialmente del previsto en el ordinal 5º artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, así como de las Medidas Alternativas a la Prosecución del Proceso, vigentes para el momento de la comisión de los hechos. En la misma Audiencia el acusado, manifestó su voluntad de Admitir los Hechos y acogerse a la Suspensión Condicional del Proceso, lo cual le fue acordado imponiéndole un Régimen de Prueba hasta por el lapso de un (1) año, de conformidad con lo establecido en los artículos 38 y 39 del reformado Código Orgánico Procesal Penal.

Ahora bien, cursa al folio 147 del asunto, informe de finalización de Régimen, de fecha 07-03-2005 presentado por la Licenciada Lucia Irusta Fernánadez, Delegado de Prueba adscrito a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, concluyendo el mismo en evolución favorable. En virtud de lo cual y de conformidad con lo previsto en el ordinal 7º del artículo 48 del Código Orgánico Procesal Penal, lo pertinente y ajustado a derecho es DECLARAR LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL, por haber dado cumplimiento a las condiciones que le fueran impuestas, y las cuales están previstas en el artículo 39 ejusdem, normas que le son aplicables a tenor de lo previsto en el artículo 553 del vigente Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, tal lo establece el ordinal 3º del artículo 318 ejusdem y así se decide.

DISPOSITIVA

Por todas las razones de hecho y de derecho expuestas, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito judicial Penal del Estado Lara, actuando en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECRETA LA EXTINCION DE LA ACCION PENAL y consecuencialmente EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, a favor del Ciudadano: CARLOS ALBERTO GIMENEZ CISNEROS, identificado en esta decisión, quedando igualmente derogadas todas las medidas cautelares que le fueran impuestas durante el Régimen de Prueba, al que estuvo sometido por el lapso de un año en el cumplimiento de la Suspensión Condicional del Proceso, por la comisión del delito de ROBO EN MODALIDAD ARREBATON, todo de conformidad con lo previsto en el ordinal 3º del artículo 318 del Código Orgánico Procesal Penal vigente en relación con el ordinal 7º del artículo 48 del reformado Código Adjetivo Penal, aplicables a tenor de lo establecido en el artículo 553 del vigente Código Procesal Penal.

La presente decisión fue dictada fuera de Audiencia en virtud de lo cual se ordena notificar a todas las partes de conformidad con lo previsto en el artículo 175 del Código Orgánico Procesal Penal, asimismo se ordena remitir copia de la presente decisión a la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario, a los fines de que surta los efectos de ley, y firme que sea declarada la presente decisión remítase al Archivo Judicial a los fines de su guarda y custodia.


Regístrese, publíquese y notifíquese. Cúmplase

La Jueza de Juicio No. 6

Abg. Pilar Fernández de Gutiérrez
La Secretaria

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo acordado en autos

La Secretaria