REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CANCILLER FRANCISCO EDUARDO RIVAS RODRÍGUEZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
LA CORTE MARCIAL
PONENTE: Magistrado de la Corte Marcial
Coronel (EJ) FRANCISCO RIVAS RODRÍGUEZ.
Visto el Recurso de Revisión interpuesto por el Maestro Técnico Mayor (AV) CORNELIO JESÚS VILLEGAS GUTIERREZ, Defensor Publico Militar del Distinguido (EJ) SAMUEL ANTONIO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad Nº V-18.084.403, conforme al artículo 49, ordinal 1 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordada relación con los artículos 470, ordinal 6 y 472, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, contra la sentencia dictada en fecha veintiuno de abril de dos mil cinco, por el Tribunal Militar Segundo de Control del Circuito Judicial Penal Militar con sede en Caracas, Distrito Capital, mediante la cual condeno al referido ciudadano a cumplir la pena de cuatro (04) años de prisión, por la comisión del delito de POSESIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, más las accesorias de Ley a que se contraen los ordinales 1º, 2º y 3º del artículo 407 del Código Orgánico de Justicia Militar. Esta Corte Marcial OBSERVA: Que el recurso de revisión ha sido interpuesto por la defensa, con arreglo a lo previsto en los artículos 472 y 470, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, lo que lo hace ADMISIBLE ante esta Corte de Apelaciones. En consecuencia acuerda fijar, mediante auto separado, la audiencia oral y pública, que deberá celebrarse dentro de un plazo no menor de cinco (05) días ni mayor de diez (10), conforme al artículo 455, primer aparte ibidem, así como el traslado del ciudadano penado, Distinguido (EJ) SAMUEL ANTONIO SOLORZANO, titular de la cédula de identidad Nro V-18.084.403, a la sede de esta Corte Marcial, el día y hora en que se realizará la audiencia Oral y Pública en la presente causa.
Regístrese, publíquese, expídase la copia certificada de ley y líbrese las Boletas de Notificación a las partes.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Audiencias de la Corte Marcial, en Caracas, Distrito Capital, a los veintidós días del mes de Mayo de dos mil seis. Años: 196º de la Independencia y 147º de la Federación.
EL MAGISTRADO PRESIDENTE,
DAMIAN ADOLFO NIETO CARRILLO
GENERAL DE BRIGADA (EJ)
LOS MAGISTRADOS,
FRANCISCO RIVAS RODRIGUEZ ORLANDO PULIDO PAREDES
CORONEL (EJ) CAPITAN DE NAVIO
MATILDE RANGEL DE CORDERO EDALBERTO CONTRERAS CORREA
CORONEL (GN) CORONEL (AV)
LA…
…SECRETARIA,
LUPE DEPABLO RODRÍGUEZ
ABOGADO
En esta misma fecha, se registro y publicó el presente auto, se expidió la copia certificada de ley y se libraron las Boletas de Notificación a las partes.
LA SECRETARIA,
LUPE DEPABLO RODRÍGUEZ
ABOGADO
CAUSA Nº CJPM-CM-026-06
OPP/IV.