REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO PARA EL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO. EXTENSIÓN PUERTO ORDAZ
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO PRIMERO DE TRANSICION DE PRIMERA INSTANCIA
DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO BOLIVAR
EXTENSION TERRITORIAL PUERTO ORDAZ
Puerto Ordaz, 31 de Mayo de 2006
Años 196° y 147°
Visto el desistimiento efectuado en fecha 09 de los corrientes, por la abogada en ejercicio EVELYNG IVANIA AVELLAN PEREZ, inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 70.876, actuando en su condición de apoderada judicial de la empresa C.V.G. FERROMINERA ORINOCO, C.A., parte intimante en este procedimiento, por cuanto la misma está debidamente facultada para realizar dicha actuación, este Tribunal, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, le imparte su aprobación y homologa en todas y cada una de sus partes el referido desistimiento, dándole el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa Juzgada,.- Asimismo, se da por terminado el presente litigio y se ordena el archivo del presente expediente.
Publíquese, regístrese y déjese copia certificada de la presente decisión en el compilador respectivo.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Transición de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, extensión territorial de Puerto Ordaz, a los treinta y un (31) días del mes de Mayo de dos mil seis (2006). Años: 196° de la Independencia y 147° de la Federación.
EL JUEZ,
ABG. LISANDRO PADRINO
LA SECRETARIA,
ABG. DALILA MARRERO
PUBLICADA EN EL DIA DE SU FECHA, PREVIO ANUNCIO DE LEY A LAS DOS Y TREINTA MINUTOS DE LA TARDE (2:30 P.M.)
LA SECRETARIA,
EXP. N° 02-2332.
LP.