REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Lara
Barquisimeto, 31 de Marzo de 2006
Años 195º y 146º

N° DE EXPEDIENTE: KP02-L-2006-00099.
PARTE ACTORA: : LIDDIA MARIENT INMACULADA BANCALE FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.240.811.
ABOGADA ASISTENTE DE LA PARTE DEMANDANTE: INGRID ALVARADO abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 108.860.
PARTE DEMANDADA: Empresa SOLAN´S ESTILOS
REPRESENTANTE DE LA DEMANDADA: PAULA SOLANGEL PERNALETE DE VILLEGAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro.6.707.101.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día de hoy 31 de Marzo de 2006, comparecen por ante este Despacho, por la parte actora, la ciudadana LIDDIA MARIENT INMACULADA BANCALE FERRER, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. 19.240.811. y su abogado a asistente INGRID ALVARADO abogada en ejercicio, inscrita en el Instituto de Previsión Social del abogado bajo el N° 108.860. y por la parte demandada, Empresa SOLAN´S ESTILOS la ciudadana. PAULA SOLANGEL PERNALETE DE VILLEGAS venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad nro.6.707.101 en su carácter de director gerente de la demandada, a los fines de solicitar ambas partes a este despacho acepte la renuncia al término procesal de comparecencia para la Audiencia Preliminar. En este estado vista la renuncia hecha por ambas partes el tribunal basándose en los principios de brevedad, celeridad e inmediatez, establecido en el artículo 2 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y conforme al artículo 11 ejusdem y por no violentarse ninguna norma de orden público pasa a celebrar la Audiencia Preliminar en el Presente Proceso. Iniciada la Audiencia Preliminar las partes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y exponen:

PRIMERO: La parte patronal antes identificada ofrece pagar en este acto la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.4.000.000,00) mediante cheque signado 13420450 por concepto de Prestaciones Sociales y demás derechos insolutos de la ley que le puedan corresponder a la trabajadora. Asimismo, expone que en fecha 31 de Diciembre del 2005 se hizo entrega de dos cheques por la cantidad de DOS MILLONES DE BOLIVARES (Bs.2.000.000,) cada uno, a nombre de la trabajadora y signados 13349666 y 13349667, a los fines de dar por concluida cualquier reclamación; sin embargo, los mismos no pudieron hacerse efectivos en su oportunidad por un error de forma en el nombre y posteriormente fueron extraviados por la representante judicial de la extrabajadora , razón por la cual se solicitará su anulación y se procede a ofrecer el pago de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.4.000.000,00) antes descrito.
SEGUNDO: La trabajadora manifiesta que acepta la cantidad de CUATRO MILLONES DE BOLIVARES (Bs.4.000.000,00) ofrecida por la ciudadana PAULA SOLANGEL PERNALETE DE VILLEGAS y manifiesta desistir de cualquier reclamación o procedimiento que pudiera derivarse de la relación de trabajo por ante los organismos competentes.
TERCERO: La falta de provisión de fondo que se entrega en este acto como pago de los montos reclamados, dará lugar a la parte actora a solicitar la ejecución forzosa del acuerdo plasmado en esta acta de mediación y las costas correspondientes a la ejecución que se decrete.

CUARTO: Este Tribunal, visto que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el presente proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables de los trabajadores, ni normas de orden público, decide HOMOLOGAR EL PRESENTE ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada. Ordenando que se archive el expediente.

La Juez,

Abg. Marbi Sulay Castro Cuello


La Secretaria

Abg. Andreína Velásquez Santamaría.-
Las Partes Comparecientes